Temer considera inegociável fechamento de fronteira a venezuelanos

Informação consta de nota divulgada pelo ministro dos Direitos Humanos.

O fechamento da fronteira para venezuelanos é “inegociável” para o presidente Michel Temer. A informação foi dada hoje (6) pelo ministro dos Direitos Humanos, Gustavo Rocha. A pasta divulgou nota reagindo à decisão do juiz da 1ª Vara Federal de Roraima, que suspendeu a entrada de pessoas do país através da fronteira com o estado. A ordem judicial foi dada ontem (5).       
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AGU pede urgência em ação contra decreto de Roraima sobre venezuelanos

Norma cria controle de fronteira e limita acesso a sistema de saúde.

A Advocacia-Geral da União (AGU) pediu hoje (6) ao Supremo Tribunal Federal (STF) urgência na apreciação do pedido de suspensão do decreto do governo de Roraima que determina aumento de rigor da segurança pública e da vigilância das forças policiais na fronteira com a Venezuela, além da regulamentação de acesso a serviços públicos para eventual atendimento de imigrantes para o estado.

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Juiz federal de Roraima suspende entrada de venezuelanos no Brasil

Decisão liminar é resposta a ação movida pelo MPF e DPU contra decreto que restringe serviços a venezuelanos.

Por determinação do juiz federal da 1ª Vara da Federal de Roraima Helder Girão Barreto, está suspenso o ingresso de venezuelanos no Brasil pela fronteira com Roraima. A decisão foi tomada após a Advocacia-Geral da União (AGU), o Ministério dos Direitos Humanos e o Ministério Público Federal terem se manifestado contrários ao Decreto Estadual 25.681, que determina maior rigor da segurança pública e das forças policiais na fronteira.

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La deuda pendiente del Ministerio de Cultura con los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial en materia sancionadora

El pasado 19 de julio, el Congreso de la República aprobó la Ley N° 30823- Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de gestión económica y competitividad, de integridad y lucha contra la corrupción, de prevención y protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad y de modernización de la Gestión del Estado.    

Con esta ley, se busca entre otras cosas “Mejorar la actuación administrativa del Estado en lo relativo a la supervisión, fiscalización y sanción”, acorde con ello, en su artículo 2° numeral 5, literal b.1 establece lo siguiente: 

 “Establecer la potestad sancionadora del Ministerio de Cultura y el régimen sancionador por incumplimiento de las disposiciones de la Ley 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, sin que signifique una afectación a los derechos de los pueblos originarios, conforme a lo establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes”.  

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Sin embargo, nos preguntamos ¿Era necesario que se le otorgue expresamente el régimen sancionador al Ministerio de Cultura para que apruebe la normativa que sancione las infracciones a la Ley N° 28736- Ley PIACI y su reglamento? 

Es importante recordar que, en octubre del 2007, se aprueba el Reglamento de la Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, mediante Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES estableciendo en su Segunda Disposición Complementaria Final que “en un plazo no mayor a los ciento ochenta (180) días de la entrada en vigencia del presente Reglamento, se remita a la Presidencia del Consejo de Ministros, un anteproyecto de ley estableciendo las infracciones a la Ley y el Reglamento, así como el procedimiento administrativo sancionador a aplicarse”.  Sin embargo, dichos plazos vencieron y el MIMDES ni posteriormente el Ministerio de Cultura cumplieron con la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley PIACI.

En ese lamentable contexto, en el año 2011 (4 años después de aprobado el reglamento de la Ley PIACI) el Instituto de Defensa Legal del Ambiente y Desarrollo Sostenible- IDLADS PERÚ, interpuso demanda de acción de cumplimiento contra el Ministerio de Cultura a fin de que dé cumplimiento a la Primera y Segunda Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento de la Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES, esto es que adecúen a la citada norma las reservas territoriales existentes y que se remita a la Presidencia del Consejo de Ministros un anteproyecto de ley que establezca las infracciones a la Ley Nº 28736 y su reglamento, así como el procedimiento administrativo sancionador correspondiente. 

En el año 2013 se gana la demanda y el juez ordena al Ministerio de Cultura cumpla con lo demandado por IDLADS PERÚ, sin embargo, el Ministerio de Cultura no lo hizo, a pesar de haberse vencido los plazos otorgados en exceso y teniendo una sentencia (descargar) que le ordenaba aprobar la normativa que tipifique infracciones y sanciones ante cualquier acción que atente contra los derechos fundamentales y territoriales de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial. 

Y si ello no fuera suficiente, el Ministerio de Cultura en el año 2016 modifica el reglamento de la Ley PIACI mediante Decreto Supremo Nº 008-2016-MC, ganando así otros 180 días para dar cumplimiento a la Primera y Segunda Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento de la Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial.

Cabe mencionar, que de acuerdo al literal a) del artículo 15° de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura es la autoridad en asuntos de interculturalidad e inclusión de las poblaciones originarias, y como tal, tiene la función de promover y garantizar los derechos de los pueblos del país. Asimismo, entre sus funciones principales, la de promover y garantizar los derechos de los pueblos indígenas u originarios, de conformidad con lo establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Además, tiene la Rectoría del Régimen Especial Transectorial de Protección de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial por Ley N° 28736, y es el Viceministerio de Interculturalidad a través de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, quien desarrolla acciones a fin de proteger los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial.

En ese sentido, AIDESEP hace un llamado al Ministerio de Cultura para que esta vez cumpla con lo señalado en la Ley N° 30823 y se apruebe la normativa para la protección de los pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial sancionando a los que ingresen a las reservas indígenas y/ o realicen actividades económicas que pongan en peligro su existencia, tomando en cuenta que es una obligación legal no reciente si no de hace más de 10 años. 

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AGU pede suspensão do decreto do governo de Roraima sobre imigrantes

A Advocacia-Geral da União (AGU) apresentou ao Supremo Tribunal Federal (STF) pedido de suspensão do decreto do governo de Roraima que determina aumento de rigor da segurança pública e da vigilância das forças policiais na fronteira com a Venezuela, além da regulamentação de acesso a serviços públicos para eventual atendimento de imigrantes para o estado.

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Hidrovía Amazónica: realizan talleres de participación ciudadana para explicar proyecto

Brindan detalles del sistema de navegación segura en los ríos Ucayali, Marañón, Huallaga y Amazonas

El Plan de Participación Ciudadana del proyecto Hidrovía Amazónica promueve la difusión constante de las características y el desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental detallado de este sistema de navegación segura por los ríos Ucayali, Marañón, Huallaga y Amazonas. ANDINA/Difusión
El Plan de Participación Ciudadana del proyecto Hidrovía Amazónica promueve la difusión constante de las características y el desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental detallado de este sistema de navegación segura por los ríos Ucayali, Marañón, Huallaga y Amazonas. ANDINA/Difusión

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La devastación minera en Venezuela y el silencio del ecologismo global

En asociación con empresas de otros países, el gobierno venezolano explota el Arco Minero del Orinoco, una vasta región rica en minerales. Las graves consecuencias sociales y ambientales de estas actividades han pasado mayormente desapercibidas.

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Reconocen pueblos en aislamiento en Sierra del Divisor

La Comisión Multisectorial (L.28736) sobre Pueblos en Aislamiento aprobó los Estudios Previos de Reconocimiento (EPR) de los pueblos indígenas en aislamiento que habitan en la Propuesta de Reserva Indígena Sierra del Divisor Occidental (SDO), antes “Kapanahua”.

FUENTE DE LA IMAGEN: AIDESEP

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Movimento Indígena da Colômbia conquista decreto de proteção aos povos indígenas isolados

O movimento indígena na Colômbia chegou a um acordo com o governo do presidente Juan Manuel Santos para a assinatura do decreto de proteção para povos indígenas isolados. Na última terça-feira (17) o decreto n° 1232 de 2018 foi publicado. A publicação consolida um processo de consulta inédito, iniciado em 2013, com a participação direta de lideranças e organizações indígenas.

Através de um comunicado a Organização Nacional dos Povos Indígenas da Amazônia Colombiana (OPIAC) celebrou a assinatura do decreto. Confira o comunicado.

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La minería ilegal y el etnocidio a los indígenas yanomamis

Los yanomamis habitan la Amazonía limítrofe entre Venezuela y Brasil. Sufren la invasión de mineros ilegales desde hace 25 años, contrayendo peligrosas enfermedades foráneas.

Grupo de indígenas yanomami en la selva en Demini, Brasil. FIONA WATSON/SURVIVAL.Grupo de indígenas yanomami en la selva en Demini, Brasil. FIONA WATSON/SURVIVAL.

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ORPIO, CORPI y ORAU alertan recorte de su participación en el proceso de participación ciudadana de la Hidrovía Amazónica

Organizaciones indígenas ORPIO, CORPI y ORAU señalan que el actual proceso participativo atenta directamente contra los acuerdos de consulta previa del 2015.

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Ministro acompanha a situação dos migrantes venezuelanos em Roraima

O ministro da Justiça, Torquato Jardim, esteve nesta quinta-feira (19) em Pacaraima, Roraima, para verificar o andamento do processo de acolhimento e regularização dos migrantes venezuelanos.

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SGDC – TELEBRAS conecta os primeiros acessos em escolas e posto de fronteira no município de Pacaraima/RR


Telebras conecta os primeiros acessos à internet pelo SGDC em escolas e posto de fronteira no município de Pacaraima/RR.  Continuar lendo SGDC – TELEBRAS conecta os primeiros acessos em escolas e posto de fronteira no município de Pacaraima/RR

Após cobranças do MPF, prefeitura de Belém (PA) decreta emergência por fluxo migratório de venezuelanos

Prefeito Zenaldo Coutinho comprometeu-se a fazer com que o município trabalhe em rede com outras entidades que atuam no acolhimento e integração de refugiados e migrantes no estado.

Dez meses após o Ministério Público Federal (MPF) ter iniciado uma série de cobranças, por meio de recomendações e ação judicial, o prefeito de Belém (PA) assinou nesta terça-feira (17) decreto em que declara situação de emergência social no município devido ao fluxo migratório de indígenas venezuelanos.     Continuar lendo Após cobranças do MPF, prefeitura de Belém (PA) decreta emergência por fluxo migratório de venezuelanos